La otra jornada de reflexión
Publicado en el Diari de Tarragona el 26 de junio de 2022 Nuestro sistema electoral prevé una serie de limitaciones a los candidatos durante el día previo a la votación, conocido habitualmente como jornada de reflexión. Con el objetivo de que los electores puedan valorar su decisión sin recibir ningún tipo de influencia partidista, el artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) prescribe que a lo largo de esa víspera no pueda “difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral”, bajo pena de prisión de tres meses a un año. Esta trasnochada regulación, similar a la de otros países europeos pero no a la de Estados Unidos, parte de una visión paternalista y un concepto antiguo de la forma en que nos informamos, totalmente alejado de la realidad actual. Supongo que algún día aparecerá alguien con el suficiente sentido común para plantear la eliminación de esta bobada. Ciertamente, frente a la esterilidad de la jornada que la ley prevé pa