La trampa del consenso
Publicado en el Diari de Tarragona el 11 de diciembre de 2016
Han sido muchas las voces que se han mostrado partidarias de la reforma constitucional durante los últimos años, aunque habitualmente procedían de ámbitos sin apenas poder efectivo para tomar la iniciativa en este sentido. Los dirigentes políticos conservadores nunca se han mostrado especialmente interesados en abrir lo que ellos consideran una posible caja de Pandora, y los presuntos deseos reformadores de los socialistas se han volatilizado en cuanto han entrado por la puerta de la Moncloa, confirmando una vez más que el poder amansa a las fieras. Sin embargo, el seísmo electoral que se ha vivido en España con la irrupción en el Congreso de Podemos y Ciudadanos (ambos proclives a revisar la carta magna) ha devuelto este asunto al centro del debate, hasta el punto de que hoy podemos escuchar a los mismísimos portavoces del PP reconociendo su predisposición a abrir el melón constitucional bajo ciertas condiciones. Concretamente, los populares no piensan iniciar esta aventura hasta tener claro qué pretende modificarse.
Ciertamente, cuando se oye hablar de reforma constitucional, sospecho que son pocos los ciudadanos a los que les viene instantáneamente a la cabeza la dialéctica existente entre la solidez pública que se deriva de una ley de leyes dotada de la necesaria estabilidad, y la conveniente actualización dinámica del marco jurídico-político que debe caracterizar a un estado contemporáneo. Más bien, sospecho que somos una inmensa mayoría los que inmediatamente pensamos en aquel contenido constitucional que desearíamos cambiar, o más bien, en aquello que tememos que nuestros adversarios ideológicos pretendan colarnos en el articulado. En ese sentido, parece razonable obviar las bonitas palabras sobre la frescura de la ley, para adentrarnos en el verdadero meollo de la cuestión: qué se quiere tocar.
En ese sentido, un análisis responsable de la iniciativa exige poner inicialmente sobre la mesa los asuntos que están sometidos a debate a día de hoy, una necesidad objetiva que parece permanentemente eludida por los defensores de la reforma. Sin ánimo de realizar una clasificación exhaustiva sobre el particular, se me ocurren cuatro grandes grupos de cuestiones que podrían ser objeto de una revisión a corto plazo: lo obvio, lo vetado, lo deficiente y lo mejorable.
En primer lugar, nos encontramos ante una serie de temas -pocos- cuya reformulación no plantea ningún tipo de controversia, al tratarse de cuestiones sin apenas calado político y que cuentan con un respaldo total para ser rectificadas en un sentido unánime (el caso paradigmático sería la necesidad de derogar la preferencia masculina en la sucesión a la Corona). Por otro lado, también observamos un conjunto de cuestiones que en su día no pudieron ser abordadas con la suficiente libertad, teniendo en cuenta la innegable tutela que las élites tardofranquistas ejercieron en la travesía hacia la democracia (sería el caso del eufemístico sistema autonómico, un modelo con vocación federal que debería asumirse como tal, incluso propiciando la descentralización de las competencias fiscales en la misma proporción en que se han descentralizado las competencias prestacionales). En tercer lugar, durante nuestra corta experiencia democrática hemos ido descubriendo algunos aspectos de nuestro modelo constitucional que quizás no fueron adecuadamente regulados, una carencia que ha manifestado sus perversos efectos con el paso de los años (por ejemplo, una protección de la independencia del poder judicial que se ha demostrado débil frente a las abusivas intromisiones del siempre expansivo poder político, o un diseño orgánico y funcional del Senado escasamente práctico). Por último, también existen otros aspectos cuya reforma podría mejorar el funcionamiento de nuestra maquinaria política, una evidencia que sólo hemos podido constatar gracias a la experiencia acumulada durante estas cuatro décadas de parlamentarismo (pensemos, por ejemplo, en la posibilidad de especificar de forma más clara y definitiva el reparto de competencias entre los diferentes estratos institucionales, reduciendo duplicidades y moderando el fragor de una batalla territorial que no ha cesado desde la última restauración).
Tienen razón los populares cuando afirman que la iniciativa política para iniciar un proceso de reforma constitucional debería incluir la manifestación explícita de aquellos aspectos que se desea modificar, pues lo relevante en un procedimiento de este tipo no es el cómo o el cuándo, sino el qué. Ahora bien, esta exigencia de claridad en los planteamientos está siendo últimamente acompañada por un requisito mucho más discutible. Efectivamente, Rajoy ha declarado esta semana que sólo se sentará a negociar si previamente hay consenso sobre el objeto de la reforma. Puede que estas ladinas palabras suenen razonables, incluso prudentes, aunque encierran en el fondo un rechazo absoluto al propio concepto de negociación.
Parece evidente que ha pasado demasiado tiempo desde los acuerdos de legislatura de finales de siglo pasado, cuando Aznar gobernaba con los nacionalistas hablando catalán en la intimidad y autorizando contactos con el Movimiento Vasco de Liberación (sic). Aún más ha llovido desde los pactos de la Transición, a los que Rajoy paradójicamente apela, que iniciaron su andadura con un único punto previo en común: la necesidad de avanzar hacia un modelo democrático. Nada más. Parece que el líder popular ha olvidado que el acuerdo político es el fruto de un diálogo, no su condición, una lección que todos aprendimos de los personajes de Barrio Sésamo cuando nos enseñaban a distinguir delante y detrás.
Dudo que el Presidente desconozca esta máxima que preside el desarrollo de cualquier trato o convenio. Más bien, sospecho que pretende buscar un argumento biensonante, aunque resulte absurdo, para justificar lo que tiene previsto hacer (o no hacer, que es su terreno). Teniendo en cuenta su tradicional aversión al cambio, apuesto a que su intención es utilizar esta surrealista condición para convertir su proverbial indolencia en una muestra de sentido de estado. Menos mal que ya le conocemos.
Comentarios
Publicar un comentario